Foto: Shutterstock
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5 de Enero de 2023
Por:
María Fernanda Herrera

Ajustadas las ambiciones de recaudo del gobierno, que pasaron de casi 26 billones a 20 billones anuales entre 2023 y 2026, este es un oportuno abecé tributario para que se preparen quienes no son ni ricos ni tampoco pobres.

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Reforma tributaria: así impacta a los de ingreso medio

LOS DOS FOCOS principales de recaudo en la reforma aprobada tras la conciliación en el Congreso son el de los hidrocarburos y el de la tributación a personas con mayores ingresos y patrimonios. Pero eso no quiere decir que la clase media no vaya a ser afectada por la nueva norma. Para entender el impacto que percibirá esta franja, REVISTA CREDENCIAL dialogó con Jorge Restrepo, profesor asociado de Economía de la Universidad Javeriana. “Uno podría decir que la clase media colombiana es, principalmente, aquella que tiene un ingreso estable.

Esas personas van a tener un aumento muy importante de la carga tributaria, por dos razones: primero porque tendrán que pagar nuevos impuestos, y segundo, por las modificaciones aplicadas a la declaración de renta para personas naturales”, destacó Restrepo. Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), en Colombia las personas que ganan entre $653.781 y $3.520.360 son consideradas de clase media. Quienes están por encima, según la entidad, hacen parte de la clase alta, incluso si sus obligaciones superan esos ingresos.

LOS CAMBIOS CLAVE

Actualmente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) tiene en cuenta tres tipos de ingresos o cédulas tributarias para personas naturales: (1) ganancias ocasionales, (2) rentas de capital o dividendos y (3) un grupo general en el que entran ingresos laborales y no laborales, entre otros. Con la aprobación de la nueva reforma, lo anterior sufrió una modificación importante, puesto que se decidió unificar las rentas de capital con el resto de los ingresos, excluyendo únicamente las ganancias ocasionales.

“Todas las personas que tengan rentas de capital derivadas, por ejemplo, de arrendamientos de tierras, de apartamentos en alquiler, de bodegas comerciales, entre otros, van a pagar impuestos sobre los ingresos que reciban de esas rentas de capital a una tasa que es la misma que pagaban los demás empleados, lo que es justo”, explica Restrepo. “Sin embargo, supone un aumento de la carga tributaria para esa clase media propietaria de empresas, de tierras o de finca raíz”. 

En el texto aprobado por el Congreso de la República se ajustó el porcentaje de la tarifa marginal para dividendos, la cual irá desde 0 % hasta el 20 %. Esto obedece a que, si bien los dividendos pasan a ser parte de la cédula general, cuentan con un descuento de hasta 19 % en la tarifa.

Antes, las personas que recibían más de $11.400.000 por dividendos, anualmente debían tributar con una tarifa del 10 %. Con la nueva reglamentación, se empezará a pagar por este ingreso a partir de los $41.424.000 anuales. 

Para el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, “el nivel adicional de complejidad en la tributación de los dividendos hubiese podido ser evitado conservando los dividendos en una cédula aparte con una tarifa plena de entre el 10 % y el 20 %”. En cuanto a las ganancias ocasionales —ingresos que obtiene una persona natural por la venta de una casa, un carro o al recibir una herencia—, se ajustó la tarifa al pasar del 10 % al 15 %. Y en el caso de los juegos de suerte y azar, la tarifa que aplicará será del 20 %.

"Ahora hay un límite de deducciones que es menos de la mitad de lo que había antes".

¿Y LAS DEDUCCIONES?

La reforma tributaria del Gobierno Petro también modificó los topes a las deducciones y exenciones que pueden hacer las personas naturales a la hora de presentar la declaración de renta: pasará de 17,8 millones de pesos a 4,7 millones de pesos mensuales. “Una persona que declaraba renta y lograba reducir el impuesto a pagar sobre la base para ahorrar en una cuenta de fomento para la construcción, hacer aportes adicionales en pensiones o que acceder a medicina prepagada ahora tiene un límite de deducciones que es menos de la mitad de lo que había antes, entonces eso supone un mayor impuesto a pagar”, aclara Restrepo. 

Alejandro Reyes, economista principal de BBVA Research para Colombia, opina que “esto va a afectar a un grupo de población de ingresos altos que ganan entre 10 y 50 millones de pesos. Para una persona que devenga entre 5 y 10 millones de pesos no va a cambiar la declaración de renta, porque no llegan a utilizar el tope total de descuentos”.  Otro ajuste proviene de los dependientes. Actualmente, cada persona puede deducir hasta el 10 % de su renta si tiene una persona a cargo. Con la nueva reforma tributaria, cada persona podrá deducir hasta $230.000 mensuales por cada dependiente y solo aplicará para cuatro de ellos.  

IMPUESTOS SALUDABLES

Esta nueva categoría, recién adoptada dentro del paquete de modificaciones al estatuto, busca aumentar los niveles de recaudo en sectores no explorados para ampliar la base y, de paso, beneficiar el sistema de salud pública al desincentivar el consumo de alimentos que provocan enfermedades como la diabetes o el sobrepeso. Los partidos opositores y algunos expertos han catalogado la medida como insuficiente y hasta impositiva; por ello, finalmente se pactó que los nuevos impuestos a los alimentos ultraprocesados y a las bebidas azucaradas solo entrarán en rigor el 1 de noviembre del 2023.

En ultraprocesados, se contempla una tarifa inicial del 10 % y aumentará hasta el 20 % para el periodo 2023 a 2025, mientras que el cálculo del precio de los productos se realizará a partir del costo de venta al público. Aquí entran productos constituidos por los componentes naturales de la leche, confituras, jaleas y mermeladas, entre otros. También se cobrará un impuesto a bebidas azucaradas con más de 6 gramos de azúcar por cada 100 mililitros de líquido, gravamen que funcionará con el mismo principio de los ultraprocesados, pues la tarifa aumentará para 2024 y 2025, según la respectiva fórmula de cálculo estipulada por la nueva ley.  Para el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, esta iniciativa afectaría de manera diferencial y específica a los hogares con menores ingresos, pues la gran cantidad de productos que aplicarían para el nuevo gravamen hacen parte de la lista de consumo habitual de este grupo poblacional. El estudio concluye que si los hogares mantienen los niveles y hábitos de consumo actuales, “los más pobres necesitarán de $5.000 mensuales adicionales para continuar con los mismos patrones de consumo. En contraste, los hogares más ricos necesitarán de $19.000 mensuales adicionales”.

EFECTOS INDIRECTOS

Estos serán percibidos por la clase media trabajadora colombiana. Reyes explica que en el texto final se eliminaron un montón de exenciones a las que podían aplicar las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas. En consecuencia, dice: “Esto va a frenar la dinámica de inversión en las empresas y va a causar un efecto secundario en el empleo al disminuir las nuevas contrataciones o eliminar puestos de trabajo y eso afecta a la clase media”. 

"Se eliminaron muchas exenciones a las que podían aplicar las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas".

A esto se suma la eliminación de las jornadas del día sin IVA, lo que “puede golpear un poco a los hogares de clase media porque hacen parte de la población que puede postergar un poco sus gastos para aprovechar los descuentos”.  Finalmente, el economista señala que, con la reducción realizada al tope de las deducciones, se va a desincentivar el ahorro en el país, dado que las personas que llevan su dinero a fondos de pensiones voluntarios o a cuentas de fomento para la construcción no contarán con un incentivo adicional para seguirlo haciendo.