Foto Cortesía Juan Carlos Losada
2 de Junio de 2021
Por:
Catalina Uribe Tarazona

A propósito del impacto generado por la campaña publicitaria Save Ralph, El representante a la Cámara por el Partido Liberal y gestor de la ley que pone a colombia como el primer país de Latinoamérica en prohibir el testeo en animales, nos cuenta cómo estamos en ese universo legal.

 

“Declaramos sintientes a los animales antes que muchos países europeos”: Juan Carlos Losada

 

El 6 de enero de 2016, Colombia dio el primer paso para entrar a un océano de oportunidades en materia de protección animal. En cabeza de Juan Carlos Losada y gracias a la Ley 1774 de ese año, impulsada por este representante, el país reconoció a los animales como seres que sienten y que deben recibir especial protección contra el sufrimiento y el dolor, especialmente si es ocasionado por humanos. Losada, con estudios en filosofía e instructor de yoga preparado en la India, se movió entonces en su siguiente dirección: en 2020 impulsó la Ley 2047, con lo que Colombia se posicionó como el primer país de Latinoamérica en prohibir la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, sus  ingredientes o combinaciones que hayan sido testeadas en animales. Además –es que el espectro del tema es amplio–, actualmente impul- sa otro proyecto legislativo: el Código Nacional de Protección y Bienestar Animal, que decla- raría a estos seres como sujetos de derecho.

 

 

¿De dónde nace ese profundo interés por defender a los animales?
Tiene que ver con la filosofía de vida que he decidido seguir. Soy profesor de meditación y de yoga y, en mi camino filosófico y espiritual toda la vida es considerada sagrada. En esa perspectiva, cuidar a los animales es una posición absolutamente necesaria. Gandhi decía que uno puede medir la evolución moral de un pueblo por cómo trata a los animales. Y existe un precepto fundamental que es, a la vez, uno de los pilares del yoga: Ahimsa, el camino de la no violencia. Este último, por supuesto, no incluye solamente las relaciones entre humanos, sino también a los demás seres sintientes y a toda la naturaleza como un ser vivo en general. De ahí viene la pasión con la que trabajo por este asunto. Lo veo como la defensa de algo que es absolutamente sagrado: la vida.

 

A propósito del término ‘seres sintientes’, la Ley 1774 de 2016, que usted sacó adelante, declara así a todo animal. ¿Esto es lo mismo que ser sujeto de derecho?

No. En esta ley nosotros logramos tal vez el más importante de los triunfos en términos legislativos que hayan tenido los animales en Colombia, y fue justamente su declaratoria como seres sintientes. Siendo considerados seres sintientes los convertimos en sujetos de especial protección por parte del Estado y de las autoridades, pero esto no los constituye aún como sujetos de derechos. Hemos dado la pelea para que eso no quede simplemente en una declaración de sujetos de especial importancia. De hecho, es precisamente eso lo que estamos haciendo en nuestra nueva ley a favor de los animales llamada Código Nacional de Protección y Bienestar Animal. Ahí sí se decreta a los animales como sujetos de derechos, que por supuesto no son los mismos derechos que los de los humanos. Mucha gente cree que declarar a los animales sujetos de derechos equipara a los animales con los humanos, pero en realidad no, porque no son titulares de los mismos derechos. Esa pelea la estamos dando actualmente en el Congreso de la República.

 

¿Cuáles son algunos de esos derechos a los que se refiere?
Por ejemplo, el derecho a no sufrir tratos crueles; a no tener que padecer dolor; el derecho a existir, es decir que si la muerte del animal no es justificada tiene derecho a la existencia; el derecho a no padecer de sed ni de hambre y el derecho a la asistencia veterinaria cuando estén enfermos. Estos, entre otros, son algunos de los que tenemos consignados en el Código de Protección y Bienestar Animal.

 

Uno tiende a creer que en Estados Unidos y Europa la legislación de protección animal ya hizo todo ese periplo y allí han sido declarados seres sintientes desde mucho antes que en América Latina. ¿Es así?
Nosotros lo logramos para todos ellos antes que muchos países de Europa. Un caso interesante es el de Francia, que había declarado la ‘sintiencia’ de perros y gatos, pero había dejado por fuera todo el resto de animales. Sin embargo, es verdad que, por ejemplo, en la Constitución suiza hay mención a los derechos de los animales, así como en la alemana, y las regulaciones más avanzadas en la materia están en ese continente. En cuanto a Estados Unidos, nosotros logramos la penalización del maltrato animal antes que allí. Y fíjate que, si bien allí era delito en algunos estados, la declaración de este como un delito federal se dio durante la administración de Donald Trump. Pero Colombia ya había logrado hacerlo. Ahora: en cuanto al testeo en animales con fines cosméticos, Europa tiene una regulación muy avanzada, pero Colombia logra ser el primer país de la región en alcanzar ese nivel. Es que en nuestra nación hay un amor gigantesco por los animales –así como mucha inconsciencia y, por supuesto, maltrato–. Según cifras oficiales, en nuestro país existen 6’840.000 animales de compañía. ¡Más de seis millones! eso quiere decir que, prácticamente, en la mitad de las familias hay un animal. Otra cosa es que, en el resto de América Latina, el movimiento animalista no ha logrado tener representación política. En eso Colombia se destaca: aquí la tiene en representantes como Germán Blanco, Nicolás Aurelio Echeverry o como yo, pero también en los consejos municipales mediante Andrea Padilla en Bogotá, Juan Jiménez Lara en Medellín, ‘Pilarico’ –que es diputado– en Antioquia y Jhon Hemayr en el Eje cafetero, entre otros. El animalismo se ha convertido en una fuerza política y eso hace que las normas avancen con una mayor rapidez.

 

 

Colombia es el primer país de Latinoamérica en prohibir el testeo en animales con fines cosméticos. Esto se logró gracias a la Ley 2047 de 2020, que también fue liderada por usted y que empezará a regir en 2024. ¿Cómo opera la ley y qué vamos a hacer mientras no entre en vigor?
La ley prohíbe el testeo en animales con fines cosméticos en nuestro país, por supuesto la fabricación de cosméticos que hayan sido testeados en animales y su exportación. Esto último porque en China, por poner un ejemplo, hasta hace poco era obligatorio que las marcas que importaran productos al país hicieran testeo en animales, mientras que para las exportaciones se permitía hacer testeo alternativo (aquel que se realiza con recursos tecnológicos y no con animales). Gracias a la ley, en Colombia no se podrá realizar ni para poner el producto en el mercado local ni para exportarlo a otros países. El proyecto también prohíbe la comercialización y la importación de productos que hayan sido testeados en animales en otros paises del mundo. Colombia importa productos de China, México y Argentina –entre otros– que han sido elaborados con estos métodos. Y sí, la ley empieza a regir a partir del año 2024 porque en la negociación política que se dio, en consonancia con la Cámara Colombiana de Cosméticos, los importadores expresaron que iban a necesitar un tiempo para adaptarse. Lo mismo que los productores colombianos para ajustarse a las pruebas alternativas. Es importante reconocer que dicha Cámara estaba de acuerdo con prohibir el testeo animal en el país y asimismo todas las marcas colombianas que están agremiadas en ese ente.  

 

¿Existe un listado de marcas cruelty free que se pueda consultar?

Es muy difícil hacer esa lista, por varias razones. Una de ellas es que –como indiqué antes– China obligaba a las marcas a testear en animales para poder poner productos en su mercado. Pero al mismo tiempo el mercado europeo prohibió el testeo en animales con fines cosméticos, y dado que las grandes empresas cosméticas del mundo tienen sus fábricas en China, las mismas firmas podían estar testeando en animales para un mercado, pero no para el otro. Es decir: un producto podía ser cruelty free para una parte del mundo, pero su marca quizás también incurría en esas prácticas para vender en países donde el testeo era imperativo. Yo creo que lo mejor es comprar nacional. Hay muchas marcas colombianas que no testean en animales. Uno puede fijarse que los productos digan que son libres de crueldad animal, cruelty free, en su etiqueta.

 

La Ley 1774 de 2016 establece también penas para los maltratadores de animales. Según el caso se trata de prisión, inhabilidad para ejercer oficios que tengan relación con animales y multas. Sin embargo, vemos a diario casos de maltrato fuerte y no siempre resulta penalizado el agresor...
Nosotros logramos una cosa histórica para Colombia que es la creación del tipo penal de maltrato animal. Es decir, que sea un delito y, además, un delito cuyo bien jurídico a proteger es el animal, este último ya no visto como una propiedad del humano sino como bien jurídico a proteger. Sin embargo, para lograr que se aprobara el delito de maltrato animal debimos hacer uno que no fuera carcelable, pues el Congreso no habría aceptado uno en relación con ese tema, especialmente por la condición inhumana en la que ya están las cárceles de nuestro país, con más de un 53% de hacinamiento. Por eso, la decisión sobre si deben ir a la cárcel o no será de los legisladores del futuro. Lo que era importante para mí era, por lo pronto, la creación del tipo penal porque ese ya no se va a echar para atrás. Ahora: el delito sí se vuelve carcelable cuando hay reincidencia. Además, el maltrato animal se sumaría a otros delitos como el de tráfico de fauna silvestre, el 90% de cuyos casos incluye, también, maltrato animal. Entonces, los traficantes ahora tienen que responder por dos delitos y no uno, lo que termina sumando más años de prisión. Todo ello se refiere al maltrato grave, que es cuando se ocasionan graves lesiones físicas o psicológicas al animal.

 

¿Y en cuanto al maltrato leve?

Ese va por vía policiva. En el Código Nacional de Protección y Bienestar Animal estamos haciendo mucho más expedito y claro el procedimiento a través del cual los comisarios de policía deben tomar las medidas sancionatorias. Desde la creación del grupo GELMA –el Grupo Especial de Lucha contra el Maltrato Animal de la Fiscalía General de la Nación–, ya tenemos 51 casos en los que hay condena por maltrato animal, 60 que ya tienen imputación y 3.000 animales rescatados. Todo en tan solo un año y algo más.

 

Esa ley protege al 98% de los animales de Colombia, porcentaje en el que no pudieron entrar los toros. ¿Cómo ve el camino hacia una posible prohibición de la tauromaquia en Colombia? Nosotros tomamos la decisión, en la Ley 1774 y ahora en el Código Nacional de Protección y Bienestar Animal, de no tocar el tema de los supuestos espectáculos culturales con animales. “Culturales” puesto entre diez mil comillas, porque yo no pienso que ninguna forma de violencia y de tortura pueda ser considerada cultura en pleno siglo XXI. Más bien hemos atendido ese frente de manera separada. El proyecto sobre las corridas se ha hundido varias veces, pero no por falta de votos sino por falta de discusión y de tiempo en el Congreso de la República. El que radicamos hace apenas unos meses ya tuvo un primer debate en la Comisión primera –en la cual estoy yo– y ahí se aprobó 24 votos a favor contra solo cuatro negativos. Estamos esperando que el presidente de la Cámara, el doctor Germán Blanco, lo ponga nuevamente en consideración de la plenaria y que ahí veamos si el proyecto es capaz de pasar al Senado.

 

¿Las peleas de gallos, el coleo y las corralejas –entre otros espectáculos del estilo– también están dentro de la lista o aún no están contemplando regularlos?
Lo estamos dejando sin regular por el momento, porque creemos que la legislación debe avanzar al mismo tiempo que la cultura. El animalismo entiende que nuestra lucha es gradual, que vamos paso por paso y que ya sería un enorme avance lograr que se deje de lado la tortura en las plazas de toros, para lo cual creo que la cultura del país ya está lista. Después miramos qué hacemos con las peleas de gallos, las corralejas y el coleo.

El Código Nacional de Bienestar Animal también toca el tema de la reproducción animal, que solo podría hacerse si se cumple con ser persona jurídica y tener la licencia para ello. ¿Por qué?

El cambio que nosotros estamos proponiendo ya existe en Medellín. De hecho, esa es una de las razones por las cuales esa es una de las diez ciudades más amigables con los animales: ellos lograron que, en su territorio, la reproducción la tengan que hacer personas jurídicas y no personas naturales. ¿Por qué? Porque es frecuente que la reproducción de animales por parte de personas naturales –aunque no en todos los casos– sea irresponsable: los animales son abandonados y ese abandono repercute en cosas como que hoy haya más de un millón de ellos en las calles de nuestro país. Esa es una forma de maltrato, como puede corroborar cualquier persona que vea la vida que tienen estos seres. Una de las formas para combatir este fenómeno es que quien vaya a reproducir sea persona jurídica y tenga que pedir licencias. Y eso también nos va a permitir fijar reglas para los criaderos de nuestro país ya que, por ejemplo, hoy no hay un límite de crías que puedan tener las perras o las gatas; no se les permite descansar ni un solo celo. La vida de los animales no puede llegar a ese colmo de industrialización y red de negocio. Entonces, nosotros no estamos prohibiendo los criaderos, lo que estamos haciendo es poniéndoles límites. 

 

Artículo publicado en la edición impresa de mayo 2021.