FOTO CORTESÍA EL TIEMPO
13 de Abril de 2021
Por:
POR LUIS FERNANDO MEJÍA*

La regularización de 1,7 millones de venezolanos no solo es ejemplar en el plano ético, sino que ofrece potenciales inmensos para la economía colombiana. ¿Cuál será su efecto en nuestras cifras de empleo, pobreza y crecimiento?

Los grandes beneficios de la integración migratoria

MÁS ALLÁ del crucial debate sobre la responsabilidad ética y moral de acoger a los migrantes y refugiados, los fenómenos migratorios tienen importantes implicaciones sobre la economía de aquellos países que reciben a esa población. Siendo más de 1,7 millones de venezolanos en Colombia, nuestro país no es ajeno al fenómeno.
 
En la teoría económica, el capital humano es considerado uno de los factores más importantes del crecimiento y desarrollo económico, ya que contribuye al avance tecnológico y a la innovación, creando mayores eficiencias en la utilización de los factores de producción y aumentando la productividad. Para el caso de Colombia, la migración venezolana ha aumentado la fuerza laboral disponible de manera significativa y con ello ha ingresado al país una gama de conocimientos y habilidades que, hasta la fecha, no han sido integrados plenamente a la actividad económica. Aunque se han venido implementado medidas para hacerlo con mecanismos como el Permiso Especial de Permanencia, aún había un camino por recorrer: más del 56% de los migrantes son irregulares y no han tenido otra alternativa que ingresar al mercado laboral informal, ante la imposibilidad de integrarse al formal.
 
En línea con lo anterior, se han presentado grandes brechas en las tasas de desempleo en los últimos años. Durante el 2019, un año relativamente estable, la tasa de desempleo para las personas que el año anterior vivieron en Venezuela fue de 20,6%, mientras que para las personas no migrantes fue de 10,3%, una diferencia de 10,3 puntos porcentuales (pps). Esta brecha se redujo levemente en el 2020 hasta ubicarse en 6,9 pps, en parte porque miles de venezolanos comenzaron a retornar a su país por la crisis derivada del COVID-19, pues las medidas de confinamiento y la contracción económica les impedían continuar con las actividades en las que muchos se desempeñaban para sobrevivir.
 
La regularización de los venezolanos a través del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes va a ser esencial para poder reducir las tasas de desempleo de esta población, puesto que la condición de regularidad les permitirá acceder a empleos en el sector formal a los que antes no tenían acceso. Así mismo, esto implicará un mejor emparejamiento de las condiciones de educación y habilidades de los migrantes con ocupaciones adecuadas, lo cual implicará una asignación más eficiente de empleos y permitirá que la economía crezca más. Al respecto, las estimaciones de Fedesarrollo (Reina et al., 2018) indican que el choque migratorio venezolano, a través de un incremento en la población económicamente activa, resultará en incrementos del Producto Interno Bruto (PIB) potencial de al menos 0,1 pps. Así las cosas, con la implementación del estatuto temporal se esperaría que el crecimiento promedio del PIB en la próxima década ya no se ubique en un escenario estimado inicial de 3,5% sino que aumente al menos al 3,6%. Para entender la importancia de esta diferencia, basta con decir que un crecimiento adicional de una décima durante una década implica que el ingreso promedio del país será un 10% más alto.
 
En adición a esto, la regularización reduciría notoriamente la informalidad y las presiones existentes en los salarios informales. De acuer- do con un estudio de Fedesarrollo (Fernández, 2021), aunque la población proveniente de Venezuela constituía el 5% de la Población Económicamente Activa en el 2020, su participación en el total de asalariados informales era de 11%, de 6% en los desocupados y de 6% en los independientes informales. Esto deja entrever el gran potencial de formalización de esta población, en especial de los asalariados informales.
 
Dentro de los trabajadores independientes informales, la entrada de casi 500.000 migrantes entre 2016 y 2019 presionó a la baja los salarios de este grupo, por debajo del salario al cual los trabajadores locales desean trabajar, lo cual explica parciamente la salida de 600.000 trabaja- dores colombianos de este grupo. Es así como el estatuto temporal permitirá revertir sustancialmente estos efectos sobre los salarios y el empleo local, sumado a una reducción de la oferta laboral de migrantes en trabajos informales.
 
Por su parte, la incidencia de la pobreza entre los migrantes venezolanos es consecuencia de las dinámicas del mercado laboral mencionadas previamente. Esto repercute en condiciones de vida precarias, limitado acceso a bienes públicos como la salud y la educación, y en general una alta probabilidad de caer en la pobreza monetaria y la pobreza extrema. De acuerdo con la última medición de pobreza monetaria en 2019, de los 17,5 millones de pobres que hay en el país 1,2 millones son migrantes venezolanos. Dentro de este grupo, 394.000 dicen haber residido hace 12 meses en Venezuela y aproximadamente un millón indicó que hace 5 años vivía en el país vecino.
 
En otras palabras, del total de migrantes que residían en Venezuela hace 5 años o que residían en Venezuela hace 12 meses, aproximadamente el 57,2% se encuentra en condición de pobreza, y de esta proporción un 15% se encuentra en condición de retornado, es decir, residieron en Venezuela, pero dijeron nacer en Colombia. Estas cifras muestran un empeoramiento de la situación de los migrantes en Colombia, puesto que en 2018 según el DANE cuatro de cada diez personas (40%) que migraron desde Venezuela en el año anterior eran pobres.
 
De forma crucial, el estatuto de protección permitiría que esta población reciba servicios sociales y económicos del Estado a los que no podían acceder anteriormente, además de facilitar la creación de un registro de los migrantes. A su vez, la implementación del estatuto temporal resultaría en una mejor focalización de las políticas migratorias y los subsidios a la pobreza, además de la posibilidad de los migrantes de acceder a mercados de trabajo formal, arrendar un inmueble, abrir una cuenta de banco, acceder al sistema de salud y a servicios de educación y en un futuro obtener una visa para residir en el país. En este sentido, no solo esperaríamos una reducción de la pobreza monetaria sino también de la pobreza multidimensionalnen el mediano plazo, teniendo en cuenta los servicios a los que podrían acceder y la posibilidad de obtener mayores ingresos, pagar la seguridad social y tener mejores condiciones de vida.
 
Si bien son considerables los retos en el proceso de ejecución del estatuto temporal de protección para lograr el éxito de la integración de los migrantes, es destacable que este mecanismo garantizará progresos en la dinámica del mercado laboral y en el acceso a servicios de salud, educación y servicios públicos para atender a esta nueva población. Esto redundará en una mejora de los indicadores sociales del país y será una respuesta adecuada al reto histórico de integración del capital humano migrante que hoy habita en Colombia. El estatuto temporal, como está estipulado, promete ser un mecanismo que no solo beneficiará al país, sino en especial a esta población migrante vulnerable que tanto sufrimiento ha padecido en los últimos años. Es, entonces, la decisión correcta desde el punto de vista no solo ético y moral, sino también desde el económico y social. Un verdadero ejemplo para el mundo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
*Director Ejecutivo de Fedesarrollo.
 
 
Artículo completo publicado en la edición impresa de marzo de 2021.