20 de Febrero de 2020
Por:
Mónica Pardo*

Las repercusiones de la economía colaborativa digital en el mercado laboral colombiano son inmensas. Un senador asegura que estarían en juego 500.000 oportunidades de trabajo. ¿Qué hacen las autoridades para regular esta situación? 

Se fue Uber. ¿Qué sigue?

COLOMBIA vive un proceso de adaptación a las nuevas modalidades de trabajo propias de la economía colaborativa digital, entendida como un ecosistema integrado dentro del cual diversos actores generan un valor compartido. Este nuevo escenario implica la construcción de un
marco regulatorio –aún crudo– tanto para las plataformas digitales como para quienes consiguen sus ingresos con ellas.
 
El tema no es nuevo, pero se retomó con fuerza tras la orden que, hace pocas semanas, le dio a Uber la Superintendencia de Industria y Comercio (sic). Según esta última, la empresa debía cesar la prestación de su servicio porque “viola las normas que regulan el mercado, genera una ventaja significativa y desviación de la clientela de Cotech Taxis Libres”, que fue la empresa demandante.
 
Más allá de la salida de esta aplicación por “competencia desleal”, hay un asunto de fondo y es el alto impacto social que está teniendo la operación de las plataformas digitales en el mercado laboral colombiano, porque esto no sucede únicamente con aquellas dedicadas al transporte, sino también con las de otros sectores económicos. Aunque no existen cifras oficiales con respecto al peso que tienen las aplicaciones en la generación de empleo en el país, algunas entidades ya han hecho investigaciones.
 
El Banco Interamericano de Desarrollo (bid), específicamente, hizo una indagación sobre la caracterización socioeconómica de los conductores de Uber en varios países de América Latina, incluyendo Colombia. Esta señala que en una muestra de 1.152 conductores colombianos, el 22% de ellos contribuía a pensiones y el 58%, a salud. Además, muchos conductores tenían cobertura de seguridad social a través de otros trabajos, mientras que Uber adujo no tener las reclamadas responsabilidades en seguridad social, pues no se trataba de un empleador sino de una app que conectaba a usuarios con socios conductores.
 
Para Adriana Molano Rojas, fundadora de Olas Digitales (Centro Latinoamericano de Digital para el Desarrollo), hay que considerar que quien era conductor de Uber no lo era exclusivamente de esta aplicación, pues seguramente estaba asociado a otras plataformas. “Nos enfrentamos a una sociedad en la que las modalidades laborales existentes no necesariamente corresponden a la posible oferta laboral que trae el mercado digital. Cada vez más, vamos a tener que esclarecer cómo manejar apropiadamente esas nuevas relaciones laborales desde la perspectiva legislativa y tributaria”, afirma Molano.
 
Por otra parte, una encuesta del Observatorio de Mercado Laboral de la Universidad del Rosario hecha en 2019 a los trabajadores de Rappi mostró que el 45,6% de los ‘rappitenderos’ pertenece al estrato socioeconómico dos; el 38,4%, al tres; el 9,1%, al uno y el 6,9%, a los demás estratos. También, que el 59,7% de los ‘rappitenderos’ son cabeza de familia y que, del total de personas encuestadas, el 46,1% están afiliados a salud. Finalmente, que el 93,4% de los encuestados no cotiza a pensión y el 91,2% tampoco lo hace a riesgos laborales.
 
Al analizar estas cifras, Paula Rozo, profesora de la Facultad de Administración de la Universidad de los Andes, identifica un dilema: el que estas personas tengan ese ingreso quiere decir que luego gastan y que, así, activan la economía. “Pero a la vez hay una desventaja y es la informalidad, porque de nuevo estamos en un limbo legal: no está claro quién se hace responsable de sus trabajadores, quién aporta a salud, quién aporta a pensión, quién los cubre en caso de que tengan un accidente. Y si no están aportando, esto afecta todo el sistema pensional así como el futuro de estas personas”, agrega.
 
 
  • MÁS ALLÁ DE UBER Y RAPPI
De acuerdo con el senador Carlos Eduardo Guevara, hay más de 75 servicios que se están prestando en el país a través de  plataformas digitales, entre ellos los de asesoría, programación, consultoría, telemedicina y marketing digital, entre otros. Según cálculos del senador, incluyendo el sector transporte, estas plataformas aportarían cerca de 500.000 oportunidades de trabajo en las que el vínculo laboral es inexistente.
 
El año pasado, Guevara participó en una mesa de trabajo entre el Gobierno nacional, el Congreso y los líderes de plataformas digitales, y propuso que estas deben garantizar la seguridad social (salud, pensión y riesgos profesionales) de las personas vinculadas. “El país debe abanderar una especie de tratado internacional que ponga unos marcos mínimos de condiciones laborales y de seguridad social”, expresó.
 
En esas discusiones se concertó incluir en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 el Art.culo 205, donde se establece que el Gobierno “diseñará y formulará una política pública que permita, entre otros, caracterizar las condiciones de prestación de servicio y las modalidades de protección y seguridad social que se puedan generar del uso de estas aplicaciones y plataformas”. Lo anterior compete a los ministerios del Trabajo, de Salud y Protección Social, de Hacienda y Crédito Público y de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
 
De acuerdo con la hoy ministra del Interior y antes de Trabajo, Alicia Arango, esta labor cuenta con el apoyo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), y tendrá como resultado la primera caracterización de plataformas del país. “Esto contribuirá en la construcción o ajuste de la regulación, tanto desde el punto de vista laboral como de las actividades que mediante estas plataformas o aplicaciones se desarrollan. Las medidas buscan proteger a usuarios, trabajadores y empresas, brindando claridad sobre los derechos y deberes que cada actor tiene”, expresa la ministra.
 
Por su parte, Mauricio Toro, representante a la Cámara por Bogotá, es autor de dos proyectos de Ley. El 296 busca reglamentar el trabajo digital para evitar la precarización laboral y que las personas tengan derecho a unos mínimos básicos, pero como colaboradores autónomos: “son personas que de acuerdo con su disponibilidad horaria trabajan y generan ingresos, y la idea es crear esta categoría para lograr formalización de alguna manera”, aclara Toro. El segundo, el 292, tiene como fin reglamentar el transporte privado de pasajeros intermediado por plataformas para que la competencia entre los actores tradicionales y los nuevos sea equilibrada.
 
Para la ministra Arango, el nacimiento de estas plataformas “representa una oportunidad para transformar la estructura del PIB e impulsar el crecimiento del mismo”. Destaca que esta transformación también tiene un impacto positivo en la creación de empleo y la generación de ingresos, pero que “es necesario que el Gobierno nacional regule aspectos que permitan el crecimiento de la economía digital”.
 
La discusión hoy se centra en las aplicaciones, pero en el futuro la competencia será con las inteligencias artificiales. “Ya se han lanzado los vehículos y carros autónomos. Entonces ya no es que una persona maneje el carro, sino tal vez que no haya vehículos para manejar y esto supondrá otros cambios”, concluye Molano.
 
Por lo pronto, en las negociaciones con las plataformas digitales que permanecen en Colombia se llegó a un consenso y estas asumirían los riesgos profesionales de las personas vinculadas, pero la propuesta del senador Guevara y el Gobierno –derivada del estudio de la Cepal– es que también las aplicaciones aporten al pago de seguridad social. Es en esto último en lo que Uber no quiso ceder. ◆
 
*Periodista de economía y negocios. Fue editora
web de Revista Dinero y coordinadora editorial del
Grupo Semana.
 
*Publicado en la edición impresa de febrero de 2020.